martes, 13 de mayo de 2014

LEYES EDUCATIVAS

LEY MOYANO: cuatro secciones:
 - De los estudios: primera enseñanza elemental (obligatoria y gratuita) y superior. Segunda enseñanza. 6 años de estudios generales y aplicados. Nivel superior.
 - De los establecimientos de enseñanza: centros públicos y privados. 
 - Del profesorado público: formación inicial, acceso y cuerpos del profesorado. 
 - Del gobierno y administración de la IP: central, provincial y local. Tímidos intentos de participación de la sociedad. 

 Características fundamentales: 
-  Concepción centralista. 
-  Moderados en intervención de la Iglesia. 
-  Promoción de enseñanza privada (católica), privada y secundaria. 
-  Estudios técnicos y profesionales incorporados a la enseñanza postsecundaria. 
-  Etapa obligatoria 6-9 años.


1970: LGE: gran innovación pedagógica. Coherencia del sistema. Sistema unitario (EGB) y flexible (puentes). Cuatro niveles: preescolar, EGB, Enseñanzas Medias y Enseñanza Universitaria. Notable enseñanza privada. Comprensividad. Relación educación-trabajo. Sistema centralizado-uniformidad de la enseñanza. 

LEYES ORGANICAS EN DEMOCRACIA.
·         Ley Orgánica del Estatuto de Centros Escolares (LOECE,  1980, UCD).
·         Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación (LODE, 1985, PSOE).
·      Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de España (LOGSE, 1990, PSOE).
·    Ley Orgánica de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes (LOPEG, 1995, PSOE).
·         Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002, PP).
·         Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006, PSOE).

    LOECE, 1980, UCD. Principios fundamentales:
§ -  Libertad de la elección de centros.
§ -  Libertad de elección de enseñanza filosófica o moral.
§  - Libertad de dirección y gestión de centros. Ideario.
- -  Libertad de enseñanza (respetando ideario).
§ -  Cierta autonomía curricular: optatividad.
-- Participación en centros públicos: órganos unipersonales y colegiados. Consejo de dirección contiene representación del consejo escolar. Pocas funciones – poca participación.

Características significativas:
- Criterios de admisión (hermanos, proximidad…).
§          - Centros públicos o privados. Subvencionados son privados.
§          -  Cheques escolares.

Poca vigencia: 5 años se aprueba la LODE. Educación básica: EGB (LGE).

LODE, 1985, PSOE. Principios fundamentales:

§  Garantizar derecho a la educación.
§  Enseñanza básica, obligatoria y gratuita. Sin discriminación.
§  Desarrollo de la personalidad del alumno.
§  Respeto, tolerancia y libertad (principios democráticos de convivencia).
§  Adquisición de conocimientos, hábitos y técnicas.
§  Democratización: participación a través de Consejos Escolares. Control y gestión de los centros

.    Características significativas:
§  Conciertos escolares. Centros  concertados se deben parecer más a los públicos. Requisitos:
Enseñanza gratuita (en las etapas concertadas).
Organizaciones sin ánimo de lucro.
Modelo de organización: existirán órganos colegiados cuyas funciones estarán explicitadas en la LODE (Consejo Escolares).
Mismos proceso de admisión. Las plazas pertenecen a la Administración. Los criterios que se aplicaron son: proximidad, nº de hermanos y nivel de renta.
Enseñanza religiosa voluntaria. Oferta obligatoria.
§  Educación primaria: EGB (LGE).

LOGSE, 1990, PSOE. Proceso de redacción:

§  1984 se inicia proceso de reforma.
§  1989 se publica Libro Blanco para la Reforma del Sistema Educativo. Diagnóstico, propuestas y memoria económica.
§  Proceso de dialogo que culmina con la aprobación de la ley.

Principios fundamentales:

§  Reforma de la Educación Infantil. Compensar desigualdades.
§  Comprensividad con diversificación interna (optatividad). Currículum común.
§  Atención a la diversidad. Integración y normalización. ACNEs en centros ordinarios.
§  Igualdad de oportunidades: igualdad de resultados – redacción de niveles de logro, crítica. Igualdad de acceso (E.I.).
§  Igualdad de resultados – objetivos mínimos.
§  Formación permanente del profesorado.
§  Autonomía pedagógica a través del  PEC. No organizativa: papel mojado.
§  Educación integral (transversalidad). Sin formación.
§  Evaluación: del sistema en general.
§ Calidad. Del sistema: formación del profesorado. Especialidades magisterio y centros de formación del profesorado. Programaciones 

Características significativas:

§  Alarga enseñanza obligatoria (edad para trabajar).
§  B.U.P. propedéutico y terminal. Finalmente solo propedéutico.

LOPEG, 1995, PSOE.

Sin cambios estructurales. Mayor profesionalización (directores e inspectores). Autonomía de gestión de centros (recursos económicos). Evaluación por la autonomía.

LOCE, 2002, PP.

Sin cambio radical en etapas. Ausencia de debate en  la elaboración. Principios fundamentales:
§  Principios LOGSE, cumplidos. 
§  Cultura del esfuerzo. Responsabilidad individual en la comprensión de desigualdad.
§  Orientación a resultados. Evaluaciones diagnóstico. Valores en segundo plano.
§  Atención a las diferencias: sistema muy flexible.
§  Reforzar formación del profesorado para mayor reconocimiento. No se articula.
§  Mayor autonomía pedagógica, organizativa y de gestión. Mayor profesionalización. 

LOCE, 2006, PSOE. 

Objetivo fundamental: unificar legislación. Pequeños cambios. Elaboración:

§  Deroga todo lo anterior excepto conciertos (LODE). Falta de acuerdo.
§  Debate: documento para modificar concepto de Calidad. Para todos (igualdad) entre todos (Com. Ed.).
§  Gran difusión del debate, inabarcable.

Principios fundamentales:

§  Calidad para todos.
§  Esfuerzo compartido.
§  Comunidad Educativa comprometida con objetivos UE.
§  Luchar contra fracaso y abandono escolar.
§  Formación a lo largo de la vida.
§  Sistema flexible. Entrar y salir. Autonomía.
§  Evaluación del sistema (diagnóstico no a final de etapa).
§  Profesionalización docente. Formación y remuneración. Retórica. 

LOMCE

 Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.

Generalmente en la escuela podemos encontrar dos grupos de alumnos: unos con un mayor potencial y otros con un potencial menor. La LOMCE pretende que estos alumnos estén destinados a la Universidad o a la realización de un ciclo de Formación Profesional.

Como objetivos principales de esta Ley podemos destacar, entre otros: la reducción de la tasa de abandono escolar, pretende favorecer la autonomía de los centros, reforzar la dirección y gestión de los centros…

Algunos cambios que introduce la LOMCE son los siguientes:

·         Dos opciones en cuarto curso de ESO
·         Programas de mejora del rendimiento y el aprendizaje para la ESO
·         Pruebas de evaluación final para obtener el título de graduado en ESO y el título de bachiller
·         Mayor importancia de las “asignaturas troncales”
·         Educación plurilingüe
·         Asignatura de religión
·         Nuevas modalidades de Formación Profesional: la Formación Profesional Básica y la Formación Profesional dual
·         Institutos de Educación Secundaria con especialización curricular: Libertad de enseñanza
·         Posibilidad de construir y gestionar colegios privados concertados sobre suelo público
·         Cambiar selectividad por algunas pruebas de acceso a la universidad

Los cambios que encontramos en E.P:

Desaparece el área de Conocimiento del medio, se divide en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales. Desaparece también Educación para la ciudadanía. La Educación Artística pasa a ser una asignatura optativa. Se introduce la opción entre Religión o Valores Sociales y Cívicos.

Se realizan dos evaluaciones individualizas: una al finalizar 3º de Primaria y otra al acabar la etapa.

Esta Ley recibe muchas más críticas que opiniones a favor. Algunas de las críticas que encontramos en las opiniones de la gente, se puede decir que consideran esta Ley antidemocrática, supone una desigualdad de oportunidades, críticas especialmente hacia la orientación académica y profesional. También encontramos críticas en relación con las asignaturas troncales, ya que algunos países consideran que los idiomas no deberían ser optativos…












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